Estancia de estudios.

Si se inicia el procedimiento desde fuera de España: impreso de solicitud de visado nacional, en modelo oficial, por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante.

Si se inicia el procedimiento en España: Impreso de solicitud en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Además, prueba de que se encuentra regularmente en el territorio español y de que la presentación de la solicitud se efectuara con una antelación mínima de 1 mes a la fecha de expiración de su situación.

1. Documentación requerida:

  1. Pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
  2. Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el periodo que se solicita y para el retorno al país de procedencia, se podrá emplear cualquier medio de prueba, como medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas, entre otros:

2. Regla general:

  1. 7200€ si no tenemos cubierto el alojamiento.
  2. 3600€ si nos quedamos en casa de un familiar, amigo o ya hemos abonado el alojamiento. En el supuesto de justificar la presente cantidad, deberemos aportar la carta de invitación o justificante de abono del alojamiento.
  3. Seguro médico.
  4. Ser admitido en un centro de enseñanza, admitiéndose una carta de admisión o un certificado de matrícula, entre otras opciones (Matricula o certificado de preadmisión, ya que no vale una prematricula como justificante).
  5. Justificante de la tasa.
  6. En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.

3. Si la duración de la estancia supera los 6 meses:

  1. Certificado médico que acredite que no se padece ninguna de las enfermedades con repercusión en la salud pública (Apostillado y traducido). Si lo hacemos en España no necesitamos apostilla.
  2. Certificado de Antecedentes Penales.

¿Te ayudamos?

Si necesitas ayuda con la solicitud de Residencia No Lucrativa, tramites de extranjería o la nacionalidad española por residencia, no dudes en contactarnos. Somos abogados expertos en extranjería y nacionalidad española, y trabajamos en toda España.

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