Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

Es un Certificado que acredita que un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que pretende residir en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses y ha solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros y le es concedido por cumplir con los requisitos exigidos, otorgando derecho a residir y trabajar en el Estado Español con carácter indefinido. Dicha inscripción es preceptiva.

1. Cumple los requisitos para obtener el certificado si:

  1. Es un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España.
  2. O dispone, para sí y los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante el periodo de residencia, así como de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España.
  3. Estar matriculado en un centro público o privado, cuenta con un seguro de enfermedad y posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familiar.
  4. O es un ciudadano de la Unión familiar del ciudadano de la UE o de otro estado parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que residirá con él en España.

2. Procedimiento

La solicitud se presentará personalmente en la Oficina de Extranjeros de la provincia o en la Comisaría de Policía correspondiente, en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España.

Se dará un plazo de 10 días para subsanar las faltas o aportar documentación necesaria.

Se entregará el Certificado en el acto si la solicitud cumple con los requisitos.

3. Documentación requerida

  1. Impreso de solicitud.
  2. Pasaporte completo o documento nacional de identidad, válido y en vigor, del solicitante. Si el documento está caducado se deberá aportar copia de éste y de la solicitud de renovación.

Además, se requerirá en función del caso concreto:

  • Trabajadores por cuenta ajena:
    • Contrato de trabajo
  • Trabajador por cuenta propia:
    • Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
    • Alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Las personas que no ejerzan actividades laborales en España deberán presentar:
    • Seguro de enfermedad.
    • Justificar que disponemos de recursos económicos.
  • Estudiantes:
    • Matricula del centro de estudios.
    • Seguro de enfermedad.
  • Familiar de un ciudadano de la UE o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el EEE o Suiza deberá aportar:
    • Acreditar el vínculo.
    • Dependencia económica.

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